CONTROL INTERNO

PRINCIPIOS Y PROCEDIMIENTOS INHERENTES

SUBSISTEMA DE CAJA  Y BANCO.

 

 

¨   Efectivo  en Caja

 

1-   Es responsabilidad de cada entidad mantener el efectivo y valores equivalentes en lugar apropiado que ofrezca garantía contra robos, incendios, etc. observando las disposiciones vigentes dictadas por la Banca Central de Cuba y los Ministerios de Finanzas y Precios y de Economía y Planificación.

 

2-   El cajero debe ser el único que posea la combinación de la caja fuerte, debiendo existir copia de la misma en sobre sellado en poder de la dirección.

 

3-    El cajero debe firmar el Acta de Responsabilidad Material por la custodia del efectivo depositado en la caja y dicha Acta se guardará en el Area Económica.

 

4-   El total del efectivo depositado en caja debe arquearse por lo menos una vez al mes, sorpresiva y sistemáticamente y al sustituirse al cajero. El arqueo debe realizarse por el empleado del Area Económica, verificándose además que existe resolución del director que fije el montante de cada fondo operado.

 

5-   Por cada faltante o sobrante de recursos monetarios detectado se elaborará y contabilizará inmediatamente el expediente correspondiente.

 

6-   Es preciso aplicar la responsabilidad material en el caso de faltantes de recursos monetarios, de acuerdo con lo regulado por el Decreto Ley 92-86.

 

7-    El cajero no custodia recursos monetarios ajenos a la entidad, ni talonarios de cheques en blanco;  ni puede tener acceso a los registros contables del efectivo, ni de bienes materiales.

 

8-   El Area Económica debe controlar los cupones de combustibles entregados al cajero, así como su distribución.

 

9-    Los modelos Anticipos para Gastos de Viajes y los Vales para Gastos Menores deben estar autorizados por los funcionarios competentes, de acuerdo con el  documento emitido por la dirección de la entidad, contentivo de sus nombres y firmas.

 

10-  Cada Vale de Gastos Menores y Anticipo para Gastos de Viajes pagados y liquidados deben constar adjuntos con los justificantes correspondientes no excediendo de $ 500.00  y estar firmados por los receptores de los pagos de los recursos monetarios.

 

11-  Los Recibos de Ingresos deben estar numerados previamente por el Area Económica y  controlarse  los que se encuentran en poder del cajero.

 

12-  El importe de los ingresos cobrados en efectivo deben ser verificados y corresponderse con la suma de los documentos justificativos de éstos, depositándose diariamente; debiendo estar firmados por las personas que los liquidan.

 

13-  Los salarios no reclamados y los indebidos, así como los Anticipos de Gastos de Viajes liquidados, se reintegran y liquidan dentro de los términos establecidos para estas operaciones.

 

14- El modelo Control de Anticipos a Justificar debe estar actualizado, fiscalizándose las fechas de vencimiento de los anticipos otorgados para garantizar su liquidación en tiempo.

 

15- Los Vales para Pagos Menores y sus justificantes deben cancelarse con cuño de “PAGADO” al reembolsarse.

 

16-  Al final de cada mes es preciso registrar los Vales para Pagos Menores pagados y los Anticipos para Gastos de Viaje liquidados o pendientes de liquidar, que no hayan sido reembolsados.

 

17-  No pueden entregarse Anticipos para Gastos de Viajes a ningún trabajador que tenga pendiente de liquidar otro anticipo.

 

18-  Los cobros en efectivo (procedentes de ingresos) no pueden utilizarse para efectuar pagos.

 

 

¨      Efectivo en Banco

 

1-    Es preciso que exista control de los cheques emitidos, cargados por el Banco, caducados y cancelados.

 

2-   Al menos una persona de  los que firman los cheques, tiene que revisar los documentos que dan origen a la emisión de éstos, antes de firmarlos.

 

3-    Las operaciones de las cuentas bancarias deben conciliarse periódicamente y dejarse evidencia de las conciliaciones de todas las cuentas de Efectivo en Banco, mensualmente.

 

4-    En el caso de las operaciones en moneda extranjera, los pagos efectuados deben corresponderse con los conceptos y los montantes aprobados en los presupuestos correspondientes.

 

5-   En las unidades presupuestadas, es imprescindible la actualización del Control de Recursos Presupuestarios de Salarios, Otros Gastos e Inversiones Materiales.

 

6-   Por los aportes operacionales realizados en divisas debe recibirse  el contravalor de la moneda nacional correspondiente y por los cheques e importes recibidos para adquisición de bienes debe aportarse dicho contravalor.

 

7-    Los funcionarios autorizados para firmar cheques no pueden contabilizar estas operaciones.

 

8-   En las unidades presupuestadas deben compatibilizarse las informaciones de la Contabilidad Presupuestaria y de la Patrimonial.

 

 

1 Efectivo en Caja - Uso y Contenido                  

1 Efectivo en Caja - Asientos de Diario

1 Efectivo en Banco - Uso y Contenido                

1 Efectivo en Banco - Asientos de Diario

1 Efectivo en Banco para Inversiones Materiales - Uso y Contenido

1 Efectivo en Banco para Inversiones Materiales - Asientos de Diario